El Ministerio de Sanidad ha sacado el lunes, 30 de septiembre del 2024, a consulta pública el borrador del real decreto que regula el uso medicinal del cannabis. Este decreto limita la prescripción y dispensación al ámbito hospitalario.
Las patologías para las cuales estaría indicado el cannabis medicinal son la espasticidad por esclerosis múltiple con rigidez y espasmos musculares, las formas graves de epilepsia refractaria, las náuseas y vómitos por quimioterapia y el dolor crónico.
Dejando fuera de momento su uso para ansiedad, insomnio o pérdida de apetito en pacientes de cáncer; enfermedades en las que se ha visto que el cannabis tiene eficacia.
Esta nueva regulación deja fuera a la planta y lo limita a las formulaciones magistrales en forma de aceite, que sólo se podrán dispensar en farmacias hospitalarias. Dificultando su acceso a muchos pacientes.
Con estas restricciones no se evitará que muchos pacientes sigan teniendo que acudir al mercado negro para adquirir cannabis medicinal.
Los preparados estandarizados deberán estar inscritos en el registro público de la Aemps creado a tal efecto. Las fórmulas magistrales se usarán cuando no haya medicamentos autorizados o se haya demostrado que los tratamientos existentes no han sido eficaces en estos pacientes.
Habrá que esperar de nuevo a que se vaya ampliando la lista de indicaciones en un futuro.
¿Qué ocurre con los productos de CBD?
Hay que aclarar que en ésta regulación no se incluyen los aceites y flores de CBD. La legislación en España permite la compra y venta de productos con CBD (cannabidiol), siempre y cuando haya sido producido legalmente en otro país europeo, en virtud del tratado de libre comercio. El cannabidiol (CBD) está autorizado como cosmético para uso externo, pero no como alimento. Sin embargo, se permiten alimentos derivados de las semillas de cannabis.
Seguimos teniendo la misma legislación vigente. Están permitidos los cultivos de Cannabis Sativa con fines industriales, siempre y cuando estén registradas en el «Catálogo común de variedades de especies de plantas agrícolas» de la UE y el contenido de THC no supere el 0,3%.
Después de años de espera parece que los avances son muy tímidos y habrá que seguir luchando para conseguir una regulación acorde con las evidencias sobre el CBD y cannabis medicinal.
En el siguiente video podéis escuchar la opinión sobre el borrador del nuevo Real Decreto de Manuel Guzmán, Catedrático en Bioquímica y miembro del Observatorio Español del Cannabis Medicinal.
